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Nota de prensa N° 28- Food Monitor Program

La Habana, 23 de agosto de 2024

El 19 de agosto de 20024, tras varios meses de discusión sobre nuevas regulaciones para el funcionamiento del sector no estatal, salieron publicados en el número 78 de la Gaceta Oficial seis decretos-leyes del Consejo de Estado, dos decretos del Consejo de Ministros y once resoluciones entre el Banco Central de Cuba y los Ministerios de Economía y Planificación, Educación, Finanzas y Precios, Industrias, Salud Pública y Transporte, que restringen aún más el campo de acción de las mipymes y los cuentapropistas en Cuba.

Una de las regulaciones, contemplada en el inciso b del artículo 7 del Decreto-Ley 88, es la obligatoria comercialización en pesos cubanos. Esta medida, sin embargo, es de las más preocupante para los emprendedores privados cuyos negocios requieren importaciones para su funcionamiento, ya sea como materia prima o artículos fabricados. La inquietud se sustenta en la casi nulidad disponibilidad de divisas que el Gobierno es capaz de ofertar. Teniendo en cuenta que el peso cubano carece de valor fuera del territorio nacional, los pagos a los proveedores internacionales, así como los concernientes al flete, la aduana y otros impuestos, han de pagarse en dólares. Por tanto, ante la imposibilidad de adquirir moneda dura de manera legal en los bancos, la única solución es recurrir al mercado informal de divisas.

A esto se suma la ratificación de las que las operaciones comerciales deben tramitarse a través de las tarjetas bancarias asociadas a sus correspondientes cuentas fiscales. Esto, producto de la bancarización fallida impuesta hace unos meses atrás y la falta de confianza en las instituciones bancarias cubanas, hace aún más difícil para los emprendedores privados el adquirir divisas en el mercado informal, cuyo funcionamiento se basa más en las transacciones en efectivo que en operaciones digitales.

Contradictoriamente, el 17 de julio del presente año, el primer ministro Manuel Marrero Cruz explicó en la Asamblea Nacional de Cuba que las mipymes y trabajadores por cuenta propia con permiso para importar deberían comenzar a pagar sus aranceles de importación en dólares. De esta manera, borraban el abono que hasta ahora venían haciendo, en pesos cubanos, a razón del cambio oficial de 120 CUP por dólar. Asimismo, la importación deberá contratarse a través de empresa estatal y el pago deberá ser emitido desde un banco cubano y tener un certificado de licitud; o sea, no se permitirán pagos directos desde el exterior a los proveedores internacionales y el dinero tendrá que estar justificado.

En el caso de las mipymes y puntos de venta no estatales, se añade el tope de precios de algunos productos alimentarios como el pollo, el aceite y las pastas alimenticias, entre otros, decretado por el Gobierno hace unas semanas atrás.

Por otra parte, se elimina la exención del pago de los impuestos sobre ingresos personales durante el primer año para las mipymes de nueva creación, así como el de los primeros tres meses para nuevos trabajadores por cuenta propia. Lo que en su momento el Gobierno consideró como un incentivo necesario en aras de estimular las incorporaciones al sector productivo no estatal, ahora ha dejado de ser necesario según las autoridades correspondientes.

Para controlar al sector no estatal, se creará el Instituto Nacional de Actores Económicos no Estatales, bajo la dirección de Mercedes López Acea, vicepresidenta del Consejo de Estado. De acuerdo con esta dirigente, el INAEE y las nuevas medidas surgen como respuesta a las distorsiones derivadas de la falta de control estatal sobre el sector privado, que ya gestiona 44% del comercio minorista en Cuba.

Entre otra de las nuevas medidas se encuentra la prohibición a los trabajadores por cuenta propia de ejercer un comercio mayorista. De igual modo, esta actividad ha sido también restringida para las mipymes que no lo tengan declarado como objeto social, a través de contratos con empresas estatales.

Preocupante también resulta el hecho de que las mipymes solo podrán ser integradas por cubanos que mantengan una residencia “efectiva”. Hasta el momento, el capital de algunas de ellas había sido inyectado por cubanos residentes en el exterior, ya fuera como modo de proveer un sustento económico a sus familiares o como una manera de mantener vínculos comerciales con la Isla. Sin embargo, esta nueva medida obliga a las personas que aparecen en los contratos a vivir obligatoriamente en el país cierta cantidad de tiempo, por lo que el uso de testaferros pudiera ser un factor en aumento.

Otro punto importante es la lista de actividades que no pueden ser ejercidas por el sector privado al ser consideradas de vital importancia por el Gobierno. En la lista se cuentan la silvicultura y servicios de apoyo a esta; la caza ordinaria con fines comerciales; la elaboración de azúcar; la producción de aguas minerales naturales; fabricación de vehículos automotores; entre muchas otras.

Por su parte, las actividades agropecuarias y de producción de carbón vegetal y leña solo estarán permitidas mientras no se rompa el esquema existente para la base productiva y se cumpla lo previsto para el uso de la tierra. Asimismo, la miel solo podrá ser vendida a empresas estatales.

Todas estas nuevas medidas vienen aparejadas con una serie de contravenciones y sanciones aplicables, catalogadas como menos graves, graves y muy graves, que van desde multas hasta el cierre total de la actividad. Así, resalta en el Decreto-Ley 91 (“De las contravenciones en el ejercicio del trabajo por cuenta propia, las micro, pequeñas y medianas empresas y las cooperativas no agropecuarias”), como forma de censura, el inciso k del artículo 13.1 del tercer capítulo, que explícitamente prohíbe “publicitar en las redes sociales o cualquier otro canal de comunicación el ejercicio de actividades no autorizadas o actos contrarios a la ley, la moral o las normas y los valores sociales”.

Con la crisis generalizada que atraviesa el país, estas nuevas medidas y restricciones no solo forman parte del férreo control estatal sobre todos los actores económicos en el país; sino que sus fatales consecuencias contribuirán a profundizar aún más la crisis generalizada que atraviesa Cuba. Por ello, desde Food Monitor Program alertamos sobre las implicaciones negativas que tendrán, como pueden ser: el aumento de testaferros; mayor demanda de divisas en el mercado divisas y, por tanto, mayor devaluación del peso cubano; menor cantidad de alimentos de primera necesidad; agudización de la crisis alimentaria; censura política; uso de la alimentación como forma de manipulación y control estatal; entre otros aspectos.

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