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¿Qué comen los cubanos en el sistema de reclusión penitenciaria?

18 de octubre  de 2022

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a alimentación de las personas privadas de libertad es un 

aspecto importante, pero a menudo relegado en la administración de muchos países latinoamericanos como Guatemala, Honduras, Venezuela o Brasil. Este hecho afecta un grupo numeroso de personas en condición de vulnerabilidad, que además es frecuentemente criminalizado, por lo que sus condiciones precarias tienden a naturalizarse. Sin embargo, las prisiones no son solamente un espacio físico de penalización, son el lugar de residencia y convivencia de personas que han perdido su libertad por sanción, pero no sus derechos como seres humanos. Por reglamento, estas personas deben recibir un trato digno; en este proceso la alimentación juega un papel primordial. Para ello, varios documentos internacionales establecen las normas y procedimientos para que las personas privadas de libertad tengan derecho a recibir una alimentación que responda en cantidad, calidad y condiciones de higiene a una nutrición adecuada y suficiente. 

 

En Cuba, la cifra más reciente de reclusos declarada por medios oficiales data del año 2012, donde el periódico Granma contabilizaba 57 337 personas. Otros estudios independientes han intentado actualizar este inventario, es el caso de un informe  presentado por la organización de derechos humanos Prisoners Defenders en el año 2020, que calculaba alrededor de 90 000 personas encarceladas en Cuba. Según este calculo, la isla sería el país con más personas encarceladas del mundo en proporción con su población, por encima de Estados Unidos, Ruanda, Turkmenistán y El Salvador. 

 

Entre los meses de junio y septiembre Food Monitor Program (FMP) realizó un estudio sobre las condiciones de la alimentación en personas privadas de libertad en las cárceles y prisiones del Ministerio del Interior (MININT). Se realizaron 25 entrevistas, a ex reclusos y a familiares de personas internadas, con diferentes penas y regímenes de seguridad, que prestaron sanción en diversas instituciones, en cuatro provincias del país. En la mayoría de los testimonios se desmintió lo estipulado en el Reglamento del Sistema Penitenciario cubano en diciembre de 2016, que asegura: “La administración penitenciaria garantiza a los internos, una alimentación que responda en cantidad y calidad a las normas dietéticas y de higiene, teniendo en cuenta su estado de salud, las recomendaciones del facultativo y la naturaleza del trabajo (…) Los internos dispondrán de agua potable.”

 

Uno de los aspectos más cuestionados durante nuestras entrevistas fue el acceso al agua potable. La mayoría de los entrevistados dijo no tener este beneficio en sus instituciones de internamiento. Los testimonios coincidieron en la ausencia de instalación de agua, y en la necesidad de almacenarla cuando era conectada. Según la descripción general del líquido, se repitió el acceso a un agua estancada, proveniente de envases insalubres, a veces con sedimentos. En otras instituciones revisadas, sobre todo en las unidades de la PNR, el acceso al agua fue desde el exterior y previo requerimiento al guardia. Un interno en la estación policial de Aguilera cuenta que en los días que estuvo incomunicado en el calabozo, no tenía agua corriente, sino que debía pedir agua para beber al oficial que estuviera de turno. Otra persona internada por cuarenta días en el Técnico Bellotex relata haber padecido de mucha sed y malestares vinculados, como dolor de cabeza, por haber logrado beber agua solo una vez por día durante el periodo mencionado.

 

El 80% de las personas entrevistadas denunció la baja calidad de la comida cuyos principales componentes eran huevo en polvo rehidratado, croqueta, sopa o una torta con huevo y harina conocía como “pasta térmica”, que recuerda el “nutraloaf” o “pan disciplinario” reconocido en países latinoamericanos como forma de castigo. El impacto de la baja calidad de la comida puede distinguirse en que la mayoría de los internos aseguró haberse saltado las comidas hasta la 3era y la 4ta jornada de reclusión sin que nadie se preocupara por ello. Una persona que estuvo internada en el Técnicos –donde se  llevan a cabo los casos bajo investigación como 100 y Aldabó, Aguilera, Villa Marista– comenta que la comida allí es especialmente mala. Según su experiencia, este problema, junto a la humedad y poca ventilación de las celdas golpea el sistema inmunológico de forma que cuando los imputados son trasladados a la cárcel de destino ya presentan un deterioro evidente. 

 

En el tema específico de la higiene, algunos reportajes realizados por medios independientes muestran brotes recurrentes de toxiinfecciones alimentarias en las redes penitenciarias, donde los internos deben recibir atención médica con antivomitivos debido a alimentos vencidos o mal manipulados. Por ejemplo, en abril de este año se denunció un brote de intoxicación intestinal en la prisión de máxima seguridad Valle Grande, donde al menos cinco internos debieron ser hospitalizados con síntomas de deshidratación. 

 

Como resultado de estas condiciones muchos reclusos han presentado enfermedades carenciales que permanecen incluso luego de ser liberados. A la pregunta de si se agravó el estado de salud la mayoría coincidió afirmativamente. Un recluso en Kilo 5 responde: “No en mi cuerpo, pero sí en el cuerpo de un compañero de mi galera, que fue tal su intoxicación que nunca fue al comedor en el mes y medio que estuvimos juntos, excepto para coger su porción en el comedor y regalármela porque yo no tenía visitas regulares y por tanto no tenía comida guardada”. Asimismo, un recluso en la Cárcel de Agüica asegura: “Yo adelgacé muchísimo. Aquella alimentación afectó mucho mi estado de salud porque soy diabético, hipertenso, tengo glaucoma, esclerodermia, que es una enfermedad degenerativa. Todas estas enfermedades se agravaron en los primeros 13 meses de encierro. Lo único que yo podía comer en el comedor de la cárcel era el huevo hervido.” Otro interno en el Técnico Bellontex sufrió de dos hipoglicemias o bajones de azúcar en el primer mes recluido. Por su parte, un recluso de Villa Marista reconoce que tuvo “ciertas ventajas y beneficios”. En el momento de su detención tenía sobrepeso pero durante su reclusión, de tres años de duración, perdió 144 libras y cinco dientes, además de desarrollar problemas circulatorios y daños nerviosos. 

 

Una solución recurrente de los directivos de estos centros para proveer de una alimentación suficiente a una población carcelaria en crecimiento, ha sido delegar la responsabilidad nutricional a las familias de los reclusos. Sin embargo, “las jabas” que son entregadas por las mismas –cada 30 o 45 días según las normas de internamiento de cada institución–  en la mayoría de las ocasiones no logran cubrir las disposiciones dietéticas básicas, mucho menos las médicas. Por lo general las familias priorizan productos baratos, accesibles en el mercado y de mayor perdurabilidad, que son a menudo los productos más dañinos y menos acordes en términos nutricionales. Compuestos por almidones, azúcares y ultraprocesados, los alimentos más comunes en estas entregas son las galletas y las tostadas, leche en polvo, mayonesa, café instantáneo, conservas,  siropes para refrescos, así como aceites, condimentos y azúcar destinados a mejorar el sabor de la comida entregada por la cocina de las prisiones. 

 

Aun así la totalidad de los entrevistados refiere la jaba familiar como la principal fuente de alimentación seguida por el trueque de los componentes de las mismas. Otras formas contractuales no legales son la compra de comida al mismo personal del comedor, o a otros presos mediante artículos disímiles. Estas jerarquías alimentarias cobran mayor importancia si se relacionan con las medidas disciplinarias, donde según los testimonios revisados, la última comida del día podía ser sustraída como forma de castigo. La jaba resultaba igualmente afectada si los reclusos eran enviados a celdas de castigo, en las que se prohíbe recibir este tipo de insumos.

 

Las condiciones de vida en una prisión constituyen uno de los factores primordiales para determinar el sentimiento de autoestima y dignidad de las personas recluidas. La calidad de la alimentación que reciben y el lugar en que se sirve esa alimentación, el acceso al agua, el acceso a instalaciones sanitarias, son todos elementos que influyen enormemente en la sensación de bienestar. Pese a las circunstancias de hecho y de derecho que obligan la reclusión de esas personas, estas son consideradas igualmente vulnerables por su condición de inferioridad e indefensión al no contar con las herramientas primarias suficientes para valerse por sí mismos, demandando una mayor responsabilidad del Estado en el establecimiento de políticas lo suficientemente sólidas.

 

Todo lo planteado podría parecer demasiado lejano a muchas realidades individuales. La inseguridad alimentaria en los centros de detención y penitencia ha sido naturalizada por las mismas personas que las han sufrido. Sin embargo, vale la pena recordar que somos sujetos de derechos, que una alimentación sana es un haber inherente. Vale la pena también alertar que, dado el dilatado sistema penalista cubano, que criminaliza una gran variedad de acciones, y considerando la violencia penalista post 11J, una gran parte de los detenidos actualmente son personas muy jóvenes, en etapas de desarrollo, mujeres, madres, pero también padres y abuelos de familia que merecen respeto a su integridad, empezando por el derecho a una alimentación adecuada.

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 La precaria situación de las cárceles en América Latina, una bomba de tiempo. CNN, 10 de noviembre de 2021. En: https://cnnespanol.cnn.com/2021/11/10/carceles-america-latina-sobrepoblacion-presos-orix/

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 Ver al respecto: Informe sobre los derechos humanos de las personas privadas de libertad en las Américas. Organización de los Estados Americanos, Comisión Interamericana de Derechos Humanos.Washington: OEA/CIDH; 2011. Manual de Buena Práctica Penitenciaria. Instituto Interamericano de Derechos Humanos. San José; 1998. Health in prisons. A WHO guide to the essentials in prison health. World Health Organization Europe. Copenhagen; 2007. Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (2016), en: https://www.unodc.org/documents/justice-and-prison-reform/Nelson_Mandela_Rules-S-ebook.pdf

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 Las desconocidas cárceles cubanas. El Toque, 15 de septiembre de 2022. En: https://eltoque.com/las-desconocidas-carceles-cubanas.

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 Denuncian brote de diarreas y vómitos en prisión Valle Grande. ADN Noticias. 12.06.2022.

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